miércoles, 4 de agosto de 2010

Las Operaciones de Mutuos, el principio del fin de las casas de bolsa

Las operaciones de mutuos representaron el argumento que personeros gubernamentales esgrimieron para ejercer un mayor control sobre las casa de bolsa, la operación de mutuos se desarrolla de la siguiente manera: i.-El Corredor le vende al Inversionista un título valor, por ejemplo un Bono de la Deuda Pública o una acción; El Inversionista celebra con el Corredor un contrato de Mutuo, en virtud del cual el Inversionista entrega al Corredor el título valor que acaba de comprar, y el Corredor se compromete a devolvérselo en un plazo de tiempo o, alternativamente, y esto es lo que siempre ocurre, a entregarle el valor del título que comprende capital e intereses. En el fondo, el contrato de mutuo no es otra cosa que una operación de mesa de dinero, en la cual el Inversionista entrega su dinero a cambio de una promesa de pago del Corredor.

El Corredor, por su parte, puede vender el título a otro cliente, recibirlo en mutuo de nuevo, volverlo a vender, innumerables veces. Como se podrá suponer , los niveles de apalancamiento que han alcanzado algunas Casas de Bolsa y Sociedades de Corretaje a través de este mecanismo han sido muy elevados. En esta pirámide de apalancamiento, en la que los inversionistas no están amparados por FOGADE y pareciera que la Comisión Nacional de Valores no entiende el peligro derivado de estos niveles de apalancamiento: el movimiento negativo en el precio de los activos de estos intermediarios financieros en el orden del 5% los dejaría sin capital, y a los Inversionistas en dificultades para recuperar sus inversiones. El mutuo, o securities lending, es una figura que se usa en los mercados internacionales para que el inversionista que toma los valores prestado los pueda vender, tomando una posición "corta" ("short selling") sobre los títulos que tomó en préstamo. En los mercados internacionales no se lo usa como en Venezuela, en la cuál esta invención se desarrolló para permitirle a las casas de bolsa y sociedades de corretaje realizar operaciones de intermediación financiera, a lo que no están facultadas de manera expresa en la Ley de Mercado de Capitales. La venta al descubierto -en inglés, short selling- es un tipo de operación de especulación a corto plazo en la que el propietario de unas acciones, previendo que van a bajar de precio, las alquila a un tercero para que las venda y obtener así una ganancia alta; posteriormente, el tercero las recompra a un precio bajo, y las devuelve al propietario a cambio de una comisión. En español existen varias traducciones posibles como venta al descubierto, venta en descubierto, posición corta, venta en corto o venta corta. Sin embargo, la Fundéu BBVA recomienda que se opte por venta al descubierto ya que, según el Diccionario de la Academia, al descubierto se refiere a aquellas operaciones financieras en las que los contratantes no tienen disponible lo que es objeto de ella, como sucede en este caso.

 



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Darwin Alvarado
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